El periodista Iván Schargrodsky protagonizó un tenso debate televisivo con la panelista Mariana Brey al analizar los alcances del nuevo Régimen de Inocencia Fiscal aprobado por el Congreso de la Nación

El escenario político y económico de la Argentina sumó un nuevo foco de alta tensión luego de que se conocieran los primeros efectos prácticos de la implementación del denominado Régimen de Inocencia Fiscal.
Esta herramienta legal, cuyo nombre técnico corresponde al de un régimen impositivo simplificado, fue impulsada originalmente por el Poder Ejecutivo Nacional y aprobada tras un rápido tratamiento en el Congreso de la Nación.
Sin embargo, lo que se diseñó bajo el argumento de ofrecer una vía de regularización para corregir las profundas distorsiones macroeconómicas que afectaron al país durante los últimos años, derivó de inmediato en una encendida controversia pública y judicial que abarca tanto a encumbrados funcionarios de la gestión gubernamental actual como a figuras emblemáticas de causas por corrupción del pasado reciente.
El debate cobró una inusitada fuerza en los medios de comunicación a raíz de un cruce de opiniones entre el periodista Iván Schargrodsky y la panelista Mariana Brey, quienes expusieron las dos miradas contrapuestas que conviven en la sociedad respecto a la aplicación de esta normativa.
El punto central de la discordia radica en que el régimen exime a quienes se adhieren de la obligación de justificar detalladamente sus niveles de consumo anuales ante los organismos de control del Estado.
Mientras que algunos sectores defienden la medida argumentando que representa un alivio necesario para el entramado productivo informal y para aquellos pequeños comerciantes que se vieron forzados a atesorar divisas en el mercado paralelo debido a las restricciones cambiarias y al cepo, las voces críticas señalan que la opacidad del sistema se convirtió en un escudo legal perfecto para que diversos sectores bajo sospecha laven activos financieros sin rendir cuentas ante las autoridades competentes.

La polémica abandonó el terreno de las discusiones conceptuales para transformarse en un problema político de primera magnitud al revelarse que Betina Angeletti, esposa del portavoz de la presidencia de la Nación, Manuel Adorni, optó por acogerse a los beneficios fiscales de este régimen simplificado.
La situación patrimonial de Angeletti se encuentra bajo una rigurosa lupa judicial debido a una compleja causa penal que se tramita de manera paralela en los tribunales federales de Comodoro Py.
Diversos analistas señalan que, si bien la presentación formal de las declaraciones juradas del entorno presidencial acumulaba un retraso considerable frente a las exigencias de la Oficina Anticorrupción, la sorpresiva maniobra de adhesión fiscal responde a una estudiada estrategia de defensa estrictamente penal.
Aunque la normativa impositiva no tiene la facultad jurídica de interrumpir de forma directa el curso de una investigación de carácter criminal en los fueros federales, el amparo que otorga el régimen simplificado impide que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero rastree el origen profundo de los fondos y los consumos intermedios del ejercicio, ralentizando de forma notoria la inminencia de un llamado a declaración indagatoria o un eventual procesamiento judicial.
Para profundizar la gravedad del panorama institucional, la Unidad de Información Financiera no emitió a tiempo las validaciones ni las directivas correspondientes hacia las principales entidades bancarias privadas del país.
Esta falta de coordinación administrativa provocó que la aplicación de la ley se asemeje a una tómbola financiera, ya que la mayoría de los bancos comerciales conservan la potestad de exigir la justificación del origen de los fondos a los ciudadanos comunes que intentan depositar sus ahorros en moneda extranjera.
Esta evidente disparidad de criterios generó un profundo malestar social, alimentando la percepción pública de que las reformas impositivas operan con una preocupante selectividad que beneficia de manera prioritaria a las corporaciones con capacidad para contratar grandes estudios contables ya las familias ligadas al ejercicio del poder político.

La controversia alcanzó su punto máximo de complejidad jurídica cuando la Cámara Federal de Casación Penal resolvió de manera unánime dictaminar que las bondades del Régimen de Inocencia Fiscal deben aplicarse de forma retroactiva en todos aquellos procesos judiciales por evasión tributaria donde la nueva norma resulte más benigna para la situación del imputado.
Esta interpretación judicial de las garantías constitucionales provocó un cimbronazo inmediato en los tribunales federales, traduciéndose en el sobreseimiento parcial por motivos fiscales del empresario santacruceño Lázaro Báez y de sus hijos directos.
La resolución benefició al entorno de la firma Austral Construcciones, cuya estructura comercial arrastraba millonarias deudas impositivas correspondientes a las revisiones fiscales de los períodos comprendidos entre los años 2010 y 2014.
El dictamen judicial reavivó los cuestionamientos sobre el verdadero espíritu de la legislación vigente, ya que las modificaciones en los montos mínimos para configurar los delitos de evasión simple y agravada terminaron por sepultar expedientes históricos de corrupción estatal, equiparando jurídicamente la figura de los grandes evasores institucionales con la del pequeño comerciante informal de la provincia de Buenos Aires.

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