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CAMBIAN LOS LINEAMIENTOS SOBRE HORAS EXTRAS EN COLOMBIA

CAMBIAN LOS LINEAMIENTOS SOBRE HORAS EXTRAS EN COLOMBIA: QUÉ SE MANTIENE Y QUÉ CAMBIA PARA LOS TRABAJADORES

⚖️🇨🇴 Una nueva decisión del Ministerio del Trabajo modificó el escenario administrativo para calcular y aplicar algunas reglas laborales.

La medida ha generado dudas entre trabajadores y empleadores, especialmente sobre el pago de las horas extras.

Esto es lo que realmente cambia.

👀

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El Ministerio del Trabajo de Colombia dejó sin efectos once circulares expedidas entre septiembre de 2025 y julio de 2026 mediante la Resolución 2708 del 20 de agosto de 2026.

Entre los documentos derogados se encuentra la Circular Externa 0101 de 2025, que había establecido lineamientos administrativos sobre jornada laboral, horas extras, trabajo suplementario y otras materias relacionadas con la aplicación de la normativa laboral.

La decisión, firmada por la ministra del Trabajo, Natalia Eugenia López Fuentes, no significa que las horas extras hayan sido eliminadas ni que los trabajadores hayan perdido automáticamente el derecho a recibir los recargos correspondientes.

Tampoco implica que Colombia haya regresado a jornadas máximas de 44 o 48 horas semanales.

La Resolución 2708 se refiere a la vigencia de determinados instrumentos administrativos y no puede modificar por sí misma los derechos establecidos directamente en la Constitución o en las leyes.

Uno de los puntos que más atención ha generado es la desaparición de la metodología que la Circular 0101 utilizaba como referencia para determinar el valor de una hora ordinaria de trabajo.

Esa circular contemplaba una equivalencia entre la jornada semanal y las horas mensuales de referencia: 235 horas para 47 horas semanales, 230 para 46, 220 para 44 y 210 para las 42 horas semanales que entraron en vigor el 15 de julio de 2026.

Con esa metodología, por ejemplo, un trabajador que recibiera un salario mensual de $2 millones y estuviera sujeto a la jornada máxima de 42 horas semanales tendría una hora ordinaria aproximada de $9.

524 al dividir el salario entre 210 horas.

Sobre esa base podían calcularse los recargos correspondientes al trabajo suplementario.

 

 

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Lo importante es que la derogatoria de la circular no autoriza a los empleadores a utilizar nuevamente 220, 230, 240 horas mensuales de manera automática para reducir el valor de la hora, ni permite desconocer la jornada máxima actualmente vigente.

La Ley 2101 de 2021 estableció la reducción progresiva de la jornada laboral y fijó que esta reducción no podía significar una disminución del salario de los trabajadores.

Desde el 15 de julio de 2026, la jornada máxima general quedó en 42 horas semanales.

La propia Circular 0101 había recogido esa transición y señalaba que el trabajo que superara los límites legales podía constituir trabajo suplementario, sujeto a las reglas correspondientes.

Por eso, una de las principales precisiones frente a las versiones que han circulado en redes sociales es que no existe una eliminación de las horas extras.

Tampoco desaparecen por esta resolución los recargos previstos en la legislación laboral.

Lo que sí cambia es el marco administrativo utilizado para orientar la aplicación de determinadas disposiciones.

El Ministerio argumentó que una circular puede impartir orientaciones e instrucciones dentro de las competencias de la administración, pero no puede crear por sí misma obligaciones, requisitos, sanciones o procedimientos que carezcan de respaldo suficiente en normas superiores.

La revisión se realizó precisamente bajo criterios como competencia, reserva de ley, jerarquía normativa y debido proceso.

 

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La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia, ANDI, valoró la medida como un paso hacia reglas más claras y mayor seguridad jurídica para empleadores y trabajadores.

Según el gremio, la decisión permite precisar los límites de las circulares administrativas y evitar que estos instrumentos excedan sus funciones.

El debate, sin embargo, no termina con la derogatoria.

La desaparición de la Circular 0101 obliga a acudir directamente a las normas legales y reglamentarias vigentes para resolver situaciones laborales concretas.

Esto puede generar dudas prácticas mientras el Ministerio establece nuevos lineamientos o las autoridades competentes precisan cómo deben aplicarse determinadas disposiciones.

También es importante distinguir entre derogar una circular y modificar una ley.

La Resolución 2708 no tiene capacidad para cambiar la Ley 2101 de 2021 ni para eliminar los derechos que esta reconoce.

Por tanto, cualquier empleador que interprete la decisión como una autorización para desconocer la jornada máxima legal o dejar de pagar horas extras cuando estas sean exigibles estaría haciendo una interpretación que no se desprende automáticamente de la resolución.

En consecuencia, para los trabajadores colombianos el mensaje principal es claro: la jornada máxima continúa en 42 horas semanales y las horas extras siguen existiendo.

Lo que desapareció fue un conjunto de lineamientos administrativos, entre ellos la metodología contenida en la Circular 0101, que servía para orientar determinados cálculos y procedimientos.

La Resolución 2708 abre así una nueva etapa de interpretación laboral.

Mientras el Ministerio del Trabajo define nuevos criterios administrativos y las autoridades competentes precisan sus alcances, empleadores y trabajadores deberán continuar aplicando las leyes vigentes y los recargos que correspondan, sin asumir que la derogatoria de las circulares representa por sí sola una reducción de derechos laborales.

Descargo de responsabilidad: Este contenido puede haber sido creado por IA con fines de entretenimiento.

Cualquier parecido con personas, eventos o lugares reales es pura coincidencia.

 

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