El debate en Blu Radio enfrentó a periodistas y a Luis Ernesto Gómez por la legitimidad de las marchas convocadas por el presidente Gustavo Petro en defensa del salario vital.

Un intenso debate sobre el alcance del derecho a la protesta y el papel del presidente en la convocatoria de movilizaciones ciudadanas encendió los micrófonos de Blu Radio, donde los periodistas Néstor Morales y María Consuelo Araujo confrontaron al exsecretario de Gobierno de Bogotá, Luis Ernesto Gómez, a propósito del llamado del presidente Gustavo Petro a salir a las plazas públicas en defensa del llamado “salario vital”.
La discusión se centró en si la convocatoria presidencial podía considerarse una “presión indebida”, como fue titulada en el espacio radial.
Desde el inicio, Gómez rechazó esa interpretación.
“¿Cuál es el abuso? ¿Salir a marchar es un abuso?”, cuestionó en vivo, marcando distancia frente al enfoque del debate.
Para el exfuncionario, la movilización social es un derecho constitucional protegido y no puede calificarse automáticamente como una forma de presión ilegítima.
El trasfondo de la polémica radica en el anuncio del mandatario de convocar manifestaciones tras la suspensión del aumento del salario mínimo en determinados escenarios judiciales y políticos.
En el programa se planteó si el jefe de Estado, en su condición institucional, puede encabezar o promover marchas sin que ello implique una interferencia frente a otras ramas del poder público.
Gómez defendió la legitimidad de la convocatoria con un argumento de simetría democrática.
“Me parece lo mismo. Sí, me parece lo mismo. Y la razón es muy sencilla: ambos están expresando una visión democrática y, si lo hacen de manera pacífica, si lo hacen en el marco del respeto por la Constitución y las leyes, deberíamos celebrar que tenemos una democracia vibrante”, afirmó.
En su intervención comparó estas movilizaciones con aquellas organizadas por colectivos ciudadanos en otros debates sensibles, como el aborto frente a la Corte Constitucional.

La mesa puso a prueba esa tesis con un ejemplo hipotético.
Morales planteó qué habría ocurrido si en 2010 el entonces presidente Álvaro Uribe hubiera encabezado una protesta contra la Corte cuando estudiaba la reelección.
Gómez respondió que tampoco en ese caso hablaría de presión indebida: “Yo no llamaría que es una presión indebida, así como no llamo que es una presión indebida cuando los grupos provida salen a marchar para que la Corte no falle en torno al aborto.
Me parecería presión si hubiera desmanes; si llegara a haber desmanes, ahí sí hay una violación al orden constitucional”.
El intercambio subió de tono cuando se preguntó si es equiparable la protesta de un grupo de ciudadanos con la de un presidente en ejercicio.
“¿Le parece a usted que es lo mismo un grupo de ciudadanos (…) que el presidente de la República encabece una protesta contra una decisión?”, interpeló Araujo.
Gómez insistió en que sí, siempre que se trate de manifestaciones pacíficas y ajustadas a la ley.
En el centro del debate está el artículo 37 de la Constitución de 1991, que reconoce el derecho de toda persona a reunirse y manifestarse pública y pacíficamente.
Aunque la Carta no establece como función presidencial la convocatoria de marchas, tampoco existe una prohibición expresa que le impida al mandatario, como ciudadano, invitar a ejercer derechos políticos.
La regulación exige informar a las autoridades competentes para garantizar el orden público, tal como prevé el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

Las movilizaciones promovidas por el jefe de Estado se realizaron en varias ciudades del país.
Desde el municipio de Arauquita se reportaron concentraciones en plazas públicas en respaldo a la propuesta de salario vital.
También hubo marchas en capitales departamentales y otras regiones, mientras sectores críticos cuestionaban la pertinencia de la convocatoria en medio de problemáticas como emergencias invernales en Córdoba y hechos de violencia que han conmocionado al país.
En la transmisión radial se escucharon voces que consideraron que el presidente “marcha y marcha, pero no gobierna”, sugiriendo que la movilización podría desviar la atención de otras responsabilidades institucionales.
Del otro lado, se defendió que la protesta social forma parte de la dinámica democrática y que no puede deslegitimarse por provenir del Ejecutivo.
El punto más sensible fue la eventual tensión entre poderes públicos.
Morales lanzó otra hipótesis: “¿Qué pasaría si el presidente del Senado o el presidente de la Corte Suprema convocan una marcha en el Palacio de Nariño al presidente de la República?”.
La referencia al Palacio de Nariño evocó la posibilidad de que distintas ramas del poder utilicen la movilización como herramienta política.
Más allá de las posiciones encontradas, el debate evidenció la profunda polarización que atraviesa el país frente a las iniciativas del Gobierno.
Mientras unos consideran que el llamado a las calles es una expresión legítima de liderazgo político y participación ciudadana, otros advierten riesgos de presión institucional y confrontación.
Lo cierto es que, en una democracia constitucional, el equilibrio entre el derecho a la protesta y el respeto a la separación de poderes seguirá siendo materia de discusión pública.

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