El 16° Juzgado Penal Unipersonal de Lima Norte impone cuatro años de prisión convertidos a trabajos comunitarios

 

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MADRID / LIMA. — Un nuevo fallo judicial sacude el panorama mediático y legal del espectáculo peruano. El 16° Juzgado Penal Unipersonal, subespecializado en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, ha condenado al cantante John Kelvin a una pena de 4 años y un día de privación de libertad por el delito de agresiones psicológicas en agravio de su expareja, la modelo Dalia Durán Gómez.

Los hechos evaluados por el tribunal se remontan a un episodio ocurrido durante el año 2023. Tras la valoración de la carga probatoria, el órgano jurisdiccional concluyó que quedó demostrada la afectación a la integridad emocional de la víctima, tipificada en el artículo 122B, inciso 6, del Código Penal.

A pesar de que la resolución judicial establece una pena de carácter efectivo, el juzgado dispuso una medida alternativa para el cumplimiento de la sanción, evitando así el ingreso inmediato del artista a un establecimiento penitenciario. Los términos de la conversión de la pena contemplan los siguientes puntos:

Servicio comunitario: La pena privativa de libertad se reconvierte en 103 jornadas de prestación de servicios a la comunidad.

Supervisión y control: Dichas jornadas serán fiscalizadas de manera estricta bajo control judicial.

Riesgo de reclusión: El fallo estipula de forma taxativa que cualquier incumplimiento de las reglas de conducta o de las jornadas laborales derivará en la revocación automática del beneficio, ordenándose su reclusión inmediata en un penal.

“La sentencia impone 4 años y un día de pena privativa de la libertad, la cual fue convertida a 103 jornadas de prestación de servicios a la comunidad bajo apercibimiento de revocarse dicho beneficio en caso de incumplimiento”, detalló la defensa legal de la agraviada.

John Kelvin fue condenado a cuatro años y un día de pena privativa de la libertad  por agredir otra vez a Dalia Durán | Espectáculos | La República

 

Además de la sanción penal, la magistratura dictó una orden de restricción que prohíbe terminantemente el acercamiento de John Kelvin a Dalia Durán durante el tiempo que dure la condena. La única excepción contemplada por la ley se restringe a los asuntos estrictamente vinculados al derecho de alimentos de los hijos menores que tienen en común. Asimismo, se dispuso de manera obligatoria que la víctima reciba tratamiento psicológico especializado para su recuperación emocional.

El tribunal enfatizó la necesidad de abordar estas causas desde una perspectiva de género, considerando las profundas secuelas que las dinámicas de violencia intrafamiliar generan en las víctimas directas e indirectas.

Este veredicto representa un capítulo más en la compleja y mediática historia que vincula a ambos personajes desde que Durán denunciara públicamente, en un programa de televisión nacional, graves agresiones físicas.

A pesar de eludir la prisión por este caso específico, el frente legal del cantante sigue siendo sumamente vulnerable. Las autoridades competentes mantienen actualmente en fase de investigación una nueva denuncia interpuesta por la modelo cubana por una presunta agresión física que habría tenido lugar en marzo de este año, un expediente que incluye también la presunta afectación a los hijos menores de edad de la pareja.

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